Evolución
de la contabilidad en el Perú
Introducción
Debido
al rápido avance de la tecnología y
en general al desarrollo de
la sociedad en
su conjunto, la contabilidad también
ha ido avanzando y adecuándose a las necesidades de cada época, es
por eso que en este trabajo hemos
creído conveniente, dar a conocer primeramente de manera resumida
los orígenes de la contabilidad, para entender un poco como es que
desde tiempos muy antiguos la contabilidad existió y sirvió a
cada cultura de
acuerdo a sus necesidades y sobre todo a la tecnología que contaban
en ese momento, otro aspecto importe que vamos a ver es el desarrollo
de la contabilidad en el Perú, remontándonos hasta la culturas
pre incas,
la cultura inca, el Virreynato, la
república y
el papel actual del contador en el Perú. Dándonos cuenta que al
parecer en la cultura existente antes de la llegada de los Españoles,
existía un régimen de control muy
bueno que era sobre todo justo para todas las personas y contaban con
un sistema de
control que les permitía ser bastantes exactos al registrar
la información.
Es
necesario que nosotros como estudiantes de contabilidad estemos
informados acerca de los orígenes de esta ciencia en
el Mundo y muy especialmente en el Perú, porque es aquí donde nos
vamos a desenvolver como profesionales de la contaduría pública.
Según
muchos entendidos en el tema, la historia de
la contabilidad data desde el año 6.000 a.C. en donde muchos de
los elementos fundamentales para llevar a cabo esta actividad, como
por ejemplo, los números, la escritura, el
dinero,
y hasta el crédito en
los mercados ya
existían.
De
todas maneras se sabe que el primer gran imperio económico que
existió en la historia de la contabilidad fue el de Alejandro
magno. Los
banqueros griegos eran famosos en Atenas debido a la influencia que
tenían a lo largo del imperio. Habitualmente los mismos
llevaban la contabilidad de todos sus clientes,
la cual, tenían la obligación de mostrar cuando se les era
demandado hacerlo y tanto sus conocimientos técnicos como su
habilidad, provocaron que frecuentemente se les sea requerido que los
mismos sean los encargados de llevar las cuentas de
su ciudad correspondiente.
De
todas formas es importante que destaquemos, que fue en Roma en
donde se encuentran testimonios mucho más específicos acerca de
historia de la contabilidad y su práctica más antigua, ya que desde
los primeros siglos en que fue fundada, todos los jefes
de familia solían
asentar todos y cada uno de sus ingresos y
de sus gastos en
un libro que
fue denominado "Adversaria". Dicho libro se trataba de una
especie de borrador en el cual, la información contenida,
mensualmente se transcribía con mucho cuidado en otro libro llamado
"Codex o Tubulae" en donde se encontraban escritos de un
lado los ingresos y del otro lado los gastos.
Por
otro lado la historia de la contabilidad también nos marca que
tanto en el tiempo del
imperio como en el de la república, habitualmente los plebeyos eran
los encargados de llevar la contabilidad. Durante el periodo
histórico entre 453 – 1453 d.C. los avances en la convalidad
continuaron avanzando a pasos agigantados, y se comienza a mostrar
una imagen de
la misma que involucra por primera vez en la historia de la
contabilidad las cuentas patrimoniales. Al haberse creado la cuenta
correspondiente a pérdidas y ganancias, se había encontrado una
solución al problema que tenían los comerciantes de esa época, que
no podían calcular toda su mercancía en una sola cuenta ya que los
mismos poseían dos precios:
el de venta y
el de costo de
adquisición. Esto dio por resultado que la utilidad obtenida,
presentaba la cuenta de caja con una considerable diferencia en los
asientos correspondientes a los ingresos y a los egresos como
consecuencia de lo que explicábamos anteriormente. Sin embargo, con
esta nueva cuenta que agrupaba todas las diferencias, podían
registrarse las cuentas patrimoniales que seguían la historia de la
mercancía y a su vez, las ganancias y las pérdidas que se obtenían.
Conforme
se fue escribiendo la historia de la contabilidad, la misma fue
sufriendo avances realmente considerables hasta el día de hoy, y
aunque siempre fue una de las herramientas fundamentales
del desarrollo comercial, en la actualidad ha cobrado
una importancia aún mayor ya que ningún comercio,
negocio o empresa puede
estar exento de los sistemas de
contabilidad.
A
través de la historia de la contabilidad se pudo lograr la
definición de ésta como "el arte de
registrar, resumir, y clasificar" significativamente y
utilizando términos monetarios todas aquellas operaciones,
transacciones y sucesos de carácter financiero,
interpretando todos los resultados provenientes de los mismos.
De
todas maneras, es importante que tengamos en cuenta que en estos días
que corren, la contabilidad ha tenido que convertir su concepto de
herramienta financiera para que así sea capaz de cumplir con
varias obligaciones tributarias.
Otro
avance que presenta en la actualidad y que se suma a la historia de
la contabilidad, es sin duda, la cantidad de personas interesadas en
este tema, que eligen seguir carreras universitarias
para poder llegar
al título de contador. Sin duda que esto representa una gran
importancia en el merco profesional, ya que hasta no hace muchos
años, la contabilidad no era una de las actividades más elegidas
por la gente.
Por
otro lado, y como hemos explicado en artículos anteriores, la
contabilidad hoy por hoy, va de la mano de la tecnología, y
el mercado informático
crea cada vez más programas y
sistemas que van sumándose de a poco a la lista de avances que se
registra en la historia de la contabilidad. Por último queremos
decir que el avance más importante que se presentó en la misma fue
la facilitación de su realización, ya que mediante estos
sistemas informáticos, es mucho más fácil y práctico que la
contabilidad lleve a cabo todas sus tareas.
CAPITULO
II:
1.- EN
LAS CULTURAS PRE-INCAS: CARAL
1.1.-
CARAL:
Los arqueólogos en Perú han encontrado un "quipu" en el
sitio de la ciudad más antigua de las Américas, lo que indica el
dispositivo, un dispositivo sofisticado de nudos y cuerdas utilizadas
para transmitir la información detallada, se encontraba en el uso de
miles de años antes de lo que se creía anteriormente. Anteriormente
los más antiguos conocidos los quipus, a menudo asociados con los
incas, cuyo extenso imperio de América del
Sur fue conquistada por los españoles en el siglo 16, fechada
alrededor del año 650 D.c. Pero Ruth Shady, arqueóloga que
conduce las investigaciones sobre
la ciudad costera peruana de Caral, dijo que los quipus formaban
parte de un tesoro oculto de los artículos descubiertos en el sitio,
que son alrededor de 5.000 años de antigüedad. "Este es
el más antiguo quipu y nos demuestra que esta sociedad... también
tenía un sistema de" escritura "(que) continuará través
de los siglos hasta que el imperio inca y que duraría 4.500 años",
dijo Shady. Hablaba antes de la apertura hoy en Lima de
una exposición de
los artefactos que arrojan luz sobre
Caral, que ella llamó una de las civilizaciones más antiguas del
mundo.
El
quipu, con sus bien conservados, hilos de algodón marrón
enrollada alrededor de palitos, se encontró con una serie
de ofrendas incluyendo
bolas de fibras misteriosas de diferentes tamaños envueltas en
"redes"
y cestas de caña prístinas. "Estamos seguros de
que corresponde a la época de Caral, ya que se encuentra en un
edificio público", dijo Shady. "Ha sido una ofrenda
colocada en una escalera cuando decidieron enterrar y poner
un piso para construir otra estructura en
la parte superior." Pirámide en forma de
los edificios públicos se está construyendo en Caral, la
ciudad costera prevista 180 kilómetros al norte de Lima, al mismo
tiempo que la pirámide de Saqqara, la más antigua de Egipto,
estaba subiendo. Ellos ya estaban siendo renovados cuando la
Gran Pirámide de Egipto de Keops estaba en construcción,
dijo Shady. "El
hombre sólo
comenzó a vivir de una forma organizada hace 5.000 años en cinco
puntos del globo - Mesopotamia (que
comprende aproximadamente el moderno Irak y
parte de Siria), Egipto, India, China y
Perú", dijo Shady, agregando Caral era 3.200 años más antiguo
que ciudades de otra civilización antigua de América, los mayas.
2.-
EN EL IMPERIO INCAICO
Comprende
de los Siglos XI al XVI, en donde el Imperio de los Incas alcanzo el
mejor desarrollo cultural y territorial de América del Sur y una de
las más Importantes del mundo de aquel entonces. Sus múltiples
necesidades de administrar su económica y de llevar sus cuentas en
su sociedad así tenemos la forma de contar con piedrecillas ayudados
por la Yupana (contar) o Ábacos. En el Tahuantinsuyo existió una
especie de Sistema Contable desarrollado a través de los Quipus.
Esta forma de control surgió como una necesidad imperiosa ante la
complejidad de lo que podríamos denominar el sistema
Tributario incaico
(Mitas). Los quipus era básicamente un conjunto de soguillas de
distintos colores,
anudadas de tal manera que pudieran representar cantidades. Los
Quipucamayos, quienes operaban los Quipus, eran comparativamente
hablando, los "Contadores "de esa época.
los
encargados de llevar "La cuenta y razón" de los bienes así
como la historia de los acontecimientos importantes producidos en los
reinados de los diferentes incas, eran los QUIPUCAMAYOC es decir,
"Los encargados de los nudos" o "Quipus" que era
el sistema desarrollado por la cultura inca para satisfacer las
necesidades de egresos y razón.
2.1.-
LA YUPANA
La Yupana (palabra quechua que
significa "herramienta para contar"), es un dispositivo
usado por los Incas, presumiblemente como un tipo de
calculadora.
Estos
podían ser de piedra tallada o de barro, tenían casilleros o
compartimentos que correspondían a las unidades decimales y se
contaba o señalaba con la ayuda de piedrecitas o granos de maíz o
quinua. Se podían indicar unidades, decenas, centenas, etc. de
acuerdo a si estaban implícitas en cada operación. Investigaciones
recientes en relación a los yupanas sugieren que eran capaces de
calcular cifras considerables basándose en un sistema probablemente
no decimal, sino basados en relación al número 40, y es capaz de
sumar, restar, multiplicar y dividir y posiblemente también
registrar textos, lo cual le hace tener esperanzas en descubrir
finalmente cómo funcionaban los quipus.
Aunque
algunos investigadores han hecho hipótesis sobre
cómo este implemento podría funcionar como un ábaco, otros
tienen menor confianza en que hayan sido usadas para este
propósito. El reporte del Siglo XVI del
sacerdote español José
de Acosta sugiere que los Incas podían haber tenido un
dispositivo como éste:
Verlos
usar otro tipo de calculadora para los granos de maíz es
un entretenimiento perfecto. Con el fin de llevar a cabo
un cálculo muy
difícil, para el cual un calculador hábil habría requerido papel y
pluma, estos indios hacen uso de sus granos. Colocan uno acá, tres
en algún otro lado y ocho no sé dónde. Mueven un grano acá y allá
y el hecho es que son capaces de completar su cálculo sin cometer el
más pequeño error; de hecho, son mejores en aritmética práctica
que nosotros con pluma y tinta. Permítanles juzgar si esto no es
ingenioso y si esta gente son animales salvajes.
Lo que considero como cierto es que en lo que se comprometen a hacer
son mejores que nosotros.
2.2.-
EL QUIPU
Se
originó en el horizonte medio o Wari, a mediados del primer milenio
A.C., se utilizó para llevar la contabilidad incaica, el control de
la población,
posesión de tierras, el
trabajo y
la producción.
Es un invento preincaico de cordeles colgados, antes hechos de lana,
pelos de auquénidos o algodón, algodón a los que tenían, de
diferentes colores. Consistían en un cordón grueso, en la parte
superior del cual pendían numerosos cordones verticales delgados y
con diferentes nudos, con la posibilidad de sujetar a otros cordeles
anexos al cordón grueso. Los Quipus permitían guardar información
utilizando un complejo conjunto de percepciones visuales y táctiles;
los nudos que estaban en ella eran de diferentes
2.2.1.-
Clases y colores:
Fue
utilizado hasta el tiempo de la Colonia. Y de esa manera El Inca
tenía gran cantidad de información que debía de conocer y
controlar, siendo el QUIPUCAMAYOC, quien manejaba dicha información
por medio de las cuentas contables es por eso que se les exigía
exactitud en la información. Caso contrario eran aniquilados:
El color de
los nudos dependía de la naturaleza del
objeto; amarillo para el oro,
para el ejército, blanco para la Paz, carmesí para el Inca, el
negro indicaba el tiempo, el gris para registrar acontecimientos
de guerra.
Los
Quipus, según se afirman fueron inventados por los Amautas, En los
tiempos de Mayta Capac, El Quipu ideográfico de los Amautas: Estaba
reservado para los amautas y Quipucamayos, por sus conocimientos eran
altos funcionarios. Hombres hábiles para llevar las cuentas, los
cuales eran formados en escuelas especiales llamadas YACHAYHUASI, era
el especialista en elaborar, "LEER" y archivar los quipus,
podía ser de la nobleza, de no serlo era un "Honorable"
dotado de una memoria prodigiosa.
Algunos autores creen ver en ellos un "embrión de
la clase media",
Apoyaban a los administradores de Collcas o Depósitos a los
agrimensores para distribuir la
tierra;
a los cobradores de impuestos para
el control de los contribuyentes y los ingresos fiscales; a los
astrólogos para predecir la época de la siembra y de la cosecha.
Puede decirse que el Quipucamayos era lo que es hoy el analista
económico o el responsable del planeamiento
estratégico,
igualmente el quipu para los Incas, era lo que es hoy el
moderno computador para
los economistas. El cronista indio que represento las vivencias del
incanato y de la época temprana de la Colonia se: Llamo Felipe
Guamán Poma de Ayala. Consecuentemente, hicieron su aparición los
controladores de los Contables; es decir los encargados de supervisar
que la contabilidad se lleve a cabo con toda corrección y exactitud.
Estos funcionarios fueron denominados los & TUCKURICOS¨,
cuyas funciones,
guardando distancias, Podían ser equiparadas a las que
la Constitución y
la Ley encomiendan
actualmente.
2.2.2-
TIPOS DE QUIPUS
- El Quipu Estadístico:
La
información permitió saber las condiciones económicas exactas de
todas las regiones del imperio y las decisiones adecuadas para actuar
y prevenir las catástrofes, tales como, sequía y hambre.
- El Quipu Ideográfico de Personas Especializadas:
Era
propio de un número reducido de personas, que habían estudiado en
las escuelas especiales regentadas por los viejos Quipucamayos
quienes dedicaban toda su vida al estudio de los nudos, obligadas
también a enseñar a sus hijos.
- El Quipu Ideográfico de los Amautas:
Estaba
reservado para los amautas y quipucamayos, por sus conocimientos eran
altos funcionarios.
2.2.3.-
EL QUIPUCAMAYOC
Los
Contadores o los Quipucamayos, delante del Inca hacían sus cuentas
ajustadas y verdaderas, que eran la admiración. Los Contadores
actuales no tienen esa precisión.
Se
dice que los Quipucamayos, eran los Contadores, funcionarios de la
más alta jerarquía entre las ocupaciones de la época.
Estaban
encargados a elaborar las anotaciones de la época en los quipus,
consolidaban la información contable sobre la base
de datos proporcionados
por los contadores regionales o suyos, hacían memoria del imperio,
anotados en los quipus. El Contador mayor llamado "Tahuantinsuyo
Runa Quipuc" era el que tenía a su cargo lo que ahora llamamos
"la Cuenta Nacional".
2.2.3.1.-
FUNCIONES
-Elaboran
las anotaciones de la época en los quipus.
-consolidaban
la información contable sobre la base de datos proporcionados
por los contadores regionales o suyos.
El
contador mayor llamado "Tahuantinsuyo runa quipuc" era el
que tenía a su cargo lo que ahora llamamos "la cuenta nacional"
Según
charles mead, en su obra "viejas civilizaciones", los
quipus se manejaban por control cruzado. Es decir, una cuenta era
controlada por otra. Cuenta dobles. Cantidades iguales en cuenta
diferentes. Ejemplo, color gris y color ocre. Se adelantaron a Lucas
Pacciolo (10/11/1494)
Según
el testimonio de los cronistas e historiadores se han determinado las
conclusiones a que llegaron tanto los historiadores, como los
juristas, los sociólogos, los economistas, etc.; de que los "incas"
reyes del antiguo Perú, realizaron la más perfecta aportación
tributaria para en aquella remota antigüedad. En aquel entonces
consideraron a la aportación tributaria, como la recaudación de
ingresos para la colectividad, a la entrega de productos,
y como colectivismo obligatorio al trabajo de la república. Manera
tributar de los habitantes del antiguo Perú-inca; que aportaban de
acuerdo a las facultades y edades de cada indígena. Como muestra de
esta gran aportación mancomunada, nos quedan todavía sus inmensas
fortalezas, sus gigantes caminos, sus hermosos templos y palacios,
sus andenes, sus canales de regadío y sus reservorios de agua;
actualmente olvidados y deteriorados por el tiempo y por el descuido
del hombre.
2.4.-
COMENTARIOS DE ALGUNOS CRONISTAS SOBRE LOS QUIPUS
Según
Charles Mead, en su obra "Viejas civilizaciones", los
quipus se manejaban por control cruzado. Es decir una cuenta era
controlada por otra. Cuenta dobles, cantidades iguales en cuenta
diferentes. Ejemplo color gris y color ocre. Se adelantaron a Lucas
Pacciolo (10. 11. 1494). Según el testimonio de los Cronistas, e
Historiadores se ha determinado las conclusiones a llegaron tanto los
Historiadores como los Juristas, los Sociólogos, los economistas,
etc., de que los Incas Reyes del antiguo Perú, realizaron la más
perfecta aportación tributaria para en aquella remota antigüedad.
En aquel entonces consideraron a la aportación tributaria como la
recaudación de ingresos para la colectividad a la entrega de
productos y como colectivismo obligatorio al trabajo de la República.
Manera de tributar de los habitantes del antiguo Perú- Inca; Como
muestra de esta gran aportación mancomunada nos quedan todavía sus
inmensas fortalezas, sus gigantes caminos, sus hermosos templos y
palacios, sus andenes, sus canales de regadío y sus reservorios de
agua; actualmente olvidados y deterior dados por el tiempo y por el
descuido del hombre. Así mismo quedan todavía los escombros de las
antiguas estructuras de
sus grandes ciudades como por ejemplos: Cuzco, Cajamarca, Marka
Huamachuco, ciudadelas aparecidas a Machu Picchu, y en esta existe la
Casa Triangular, ya que gracias al tesón mancomunado de la comuna
incario fue posible que se materializaran progresos de todo orden,
dentro del gobierno Incario,
puso muy en alto el nombre del Antiguo Perú.
Otros
historiadores dicen que los Incas no pudieron mantener un control a
través de todo el Territorio Incaico, tal razón dictaron
ciertas normas populares
que corregían, en cierto modo, la actitud social,
así tenemos:
MAXIMAS
AMA
LLULLA: "No seas mentiroso", que representaba la exactitud
y veracidad de la información recibida.
AMA
SUA: "No seas ladrón", lo que representaba que el robo
era delito en
que no armonizaba con las buenas costumbres de los pobladores.
El
Inca Garcilaso de la Vega, relata que los Nudos de los Quipus
representaban una cantidad, más no un lenguaje verbal
de aquel entonces. También dice que el Padre Blas Valera, en su
manuscrito la historia de los Incas, que salvara Garcilaso de la Vega
transcribiéndolo en el Libro los Comentarios Reales, ha dejado
materializado en la historia de los hechos y en la quien claramente
narra "Viendo a los tributos que
los Incas del Perú imponían y cobraban a sus vasallos, eran tan
moderados que , si se consideran comparativamente a los demás Reyes
antiguos, ni los grandes Cesares que se llamaron Augusto y Píos, se
pueden comparar con los reyes Incas, porque cierto bien mirado,
parece que no recibían pecho de los mismos vasallos, según lo
consumía en beneficio de ellos mismos."
Según
las Investigaciones de Leland Locke, demostraron que los Quipus
contenían un Sistema numérico decimal. En los años sesenta, Marcia
y Robert Asher reconstituyeron la codificación matemática contenida
en los Quipus.
Al
llegar Francisco Pizarro a conquistar el Perú, se produjo una serie
de conflictos,
entre ellos tomaron prisionero al Inca Atahualpa para su posterior
ejecución por tener en su persona múltiples delitos no
bien visto para los Españoles. Francisco Pizarro firmo el contrato o
Capitulación de Toledo el 26 de Julio de 1529. Sin embargo antes el
15 de Mayo de 1529 se nombró a don Antonio Navarro, como el Contador
de las Nuevas Tierras (Primer Gobernador de Piura). El Inca Atahualpa
por su rescate y poder salvar su vida, ofreció dos cuartos llenos de
plata y uno de oro, pero la ambición pudo más, los saqueos y robos,
entre luchas y batallas por la resistencia,
duro más de 40 años en la vida del antiguo Perú.
Atahualpa
fue sancionado por 12 cargos, para evitar su cacería pago el
rescate, pero siempre fue ejecutado el 29 de agosto de 1533.
Los
cargos figuraban en un pliego de 12 Puntos, siendo de los principales
los siguientes:
1.-
Por usurpar la corona y mandado matar a su hermano Rey del Cuzco.
2.-
Por haber derrochado los bienes de la corona en favor de familiares
4.-Por
tener muchas mujeres
5.-Por
sublevar a la gente contra los Conquistadores
El
rescate sumo 1, 326,536 pesos de oro, equivalentes a 3 millones de
libras. Además de plata 31,6l0 marcos. Se distribuyó así:
Al
Rey Carlos V, le toco un quinto del total.
A
Francisco Pizarro le toco 57,222 pesos de oro y 2,350 marcos de
plata. Además de la silla de oro macizo de Atahualpa, valuada en
25,000 pesos de oro.
A
Hernando de Pizarro 31,800 pesos de oro y 2,350 marcos de plata. A
Hernando de Soto 15,740 pesos de oro y 724 marcos de plata
A
los 105 soldados de Infantería 4,440 pesos de oro y 180 marcos de
plata. Para la Iglesia de
Cajamarca 2,220 pesos de oro.
Todo
esto lo distribuyo el Contador Antonio Navarro y lo verifico otro
Contador, Alonso Riquelme (1ra. Auditoria)
4.-
EN EL VIRREYNATO:
El
Rey de España,
Carlos V, aprobó en Barcelona el 20/ll/1542
"Nuevas Leyes de
Indias". Contenía una serié de ordenanzas, entre ellas el
nacimiento del Virreynato en el Perú, que abarcaba toda América del
Sur y parte de la Central. Tenía bajo su jurisdicción
7 audiencias; Panamá 1548;
Lima, 1543; Santa Fe de Bogotá 1548; la de Charcas 1559; la de Chile
1563; la de Quito 1563
y de la de Buenos
Aires 1563.
Después
del Virrey, le seguía en importancia la Real Hacienda,
encargado de los ingresos y de remitir la información contable
a Madrid.
Los ingresos de depositaban en cajas Reales, que estaban bajo
la responsabilidad de
03 oficiales; el Contador, el tesorero y el Factor.
Para
súper vigilar el manejo de los fondos fiscales se creó el Tribunal
de Contaduría Mayor de Cuentas por real cédula del 24 de agosto de
1605. En Lima funcionó a partir de 1607. Las
principales fuentes de
ingresos de la Hacienda Pública y para la metrópoli
fueron:
Los
Quintos: 5ta. Parte de lo que recaudaba el Virreynato, para el
Imperio.
El
Diezmo: Para la Iglesia la décima parte que pagaban los
fieles a la Iglesia.
Impuesto
de averías: Era de 0.5% a las mercaderías para cubrir los
gastos de defensa contra los piratas.
Con
la llegada y conquista de los españoles, se produjo el trauma y el
caos en la
organización socioeconómica
del Gobierno Incaico. Con ello, subvierte el sistema de la tenencia y
explotación del agro, pilar fundamental de la economía incaica,
por lo que la agricultura pasa
a un segundo plano, mientras que se polariza el trabajo en el laboreo
de las minas. Con este despojo, vino una nueva
estructura socioeconómica, que se cimiento en
la propiedad privada.
Sin embargo, durante el periodo de la conquista continuo la
aportación tributaria, pero de una manera, más onerosa; que era la
recaudación y destinada en provecho de la corona y de sus
lugartenientes, los que habían llegado hasta estos lares a
saquear la economía incaica.
A toda esta exorbitante aportación tributaria, se le considero como
Pechos de Presa, experiencia de los conquistadores que eran
conocedores de aquella vieja Europa,
desde la época de San Agustín, en lo que resaltaba
el Esclavismo Aliciente
de los Conquistadores, quienes se llevaron los premios o mercedes de
la economía del antiguo Perú.
Consumada
la conquista en América, y al asentarse el Coloniaje como
sucesor del derecho de presa de la esclavitud y
de los premios y mercedes concedidas por la corona española, se
implanto la exigente aportación tributaria en toda Latino
América, como una obligación cruel y despiadada, que gravaban a la
clase indígena. De esta manera, quedaron los indígenas
obligadas al pago tributario, con cuotas excesivamente elevadas sin
medidas ni consecuencias de capacidad contributiva; obligándoles al
pago de tributos onerosos y exigentes, tal como tuvieron su origen en
la pre-historia, cuando las tribus fuertes imponían a las tribus
débiles. Cosa que se dio en la antigua Asía y subsistió en Grecia,
roma e incluso en la vieja Castilla. A esta onerosa aportación
tributaria, en aquel entonces, se le denominó Moneda Forea. Esta
moneda servía para pagar al Rey, como vasallaje, o a la persona
encomendada para que cobrase los tributos. Descubierto apenas el
nuevo mundo, Colón cobró los primeros diezmos y después lo
hizo Pizarro. En América fueron los primeros ejecutores del derecho
de vasallaje, cuya aportación tributaria, que recaudaban
onerosamente de la económica del antiguo Perú, enriqueció a los
españoles y así corona durante muchos años, durante los cuales se
llevaron las riquezas del Perú-Inca
El
régimen tributario en el periodo del Virreynato, comienza con la
instrucción del 23 de junio de 1559, expedida en Gante, en la que se
crearon los Comisionados, que tenía como funciones principales las
que a continuación se describan:
Informar
sobre los tributos que los indígenas pagaban al Rey, al gobernador y
a los particulares que eran beneficiados con los tributos que la
corona les concedía. Es decir, a todos los españoles que habían
reemplazado al gobierno Incaico. Por lo tanto, eran ellos loas
beneficiados con los tributos, que para tal efecto la corona les
cedía de aquel conjunto de aportaciones tributarias exorbitantes que
imponían a los indígenas.
Los
comisionados estaban facultados para comparar ambas tasas y cotejar
las cuotas y los montos de impuestos que se cono brabán y tenían
facultades para aumentar o reducir su valor y/o tasas, con relación
al valor del oro.
Eran
los encargados de fijar las fechas de pago, los encomendados de
gravar a las clases de personas, exonerarlos de los pagos tributarios
y/o fijarles las cuotas de nuevas aportaciones según el lugar
de la cobranza p provincia gravada.
Eran
los encargados de establecer si los pagos tributarios debían hacerse
en función de
las tierras labradas o según las hectáreas que los indígenas
poseían; que generalmente eran por cabeza, es decir , per. Cápita.
Los
comisionados se encargaban de marcar las tierras o heredades, que los
indígenas iban dejando al fenecer.
Eran
los encargados de indicar el ordenamiento tributario que ellos mismos
reestructuraban onerosamente; así como también, los encargados de
comparar los tributos recaudados el de la conquista, con el periodo
del Incanato para corregir las cuotas, tasa o montos, que por lo
general, cada vez eran mayores, puesto que periódicamente se
aumentaban.
Los
ramos y rentas reales del Virreynato, como solían llamarse, o
dichos en términos actuales, el sistema tributario de la época
Colonial; fue la grabación per. Cápita, puesto que se cobraba a
cada uno de los indígenas que se encontraban afectos en aquella
época. Esta clase de aportación tributaria fue establecida e
implantada muchos años atrás, en Francia,
y subsistió en dicha nación hasta
1789. El sistema tributario especial y general que el régimen
Virreynato estableció en el Perú y en los demás países del área
que se encontraban bajo su dominio,
estaban contenido en los contribuyentes del continente, cuyas leyes
no eran otra cosa que la recopilación de Leyes Indias, Reales,
Ordenanzas de Toledo, Ordenanzas de Intendentes, etc., En toda esta
exorbitante y frondosa tributación, los tributos principales que
resultaron en todo orden, fueron los que a continuación se
detallan:
1.-
QUINTO REALES.-
Tributo que se pagaba con el veinte por ciento (20 %) del valor
de todos los minerales,
piedras preciosas, perlas y ámbares; que los pobladores extraían de
las canteras y minas que arduamente explotaban.
2.- ALMOTACEFAZGO.- Tributo
que equivalía a los derechos aduaneros
y que gravaban con el cinco por ciento (5%) al total del Comercio que
entraba por los puertos del Virreynato; y con el dos por ciento (2%)
que gravaba a las mercaderías que exportaban por los referidos
puertos.
3.-VAERIA
DE ARMADA.-
impuesto que gravaba con el medio por ciento (1/2%) tanto a las
mercaderías como a la plata labrada o en barras, cuyo recaudo servía
para el sostenimiento de la armada que operaba en el Callao como
guardián del Virreynato y actuaba como granaría en el traslado del
tesorero real y de los particulares, que en abundante cantidad se
llevaban las riquezas del Perú a España.
4.- ALCABALA.-Este
tributo fue creado en el año de 1591, cuyo recaudo entubo destinado
al sostenimiento de la armada del Sur, se gravaba con el dos ciento
(2%) a todas las mercancías que se vendían; mientras que la
controvertida coca, estaba gravada con el cinco por ciento (5 %) y se
exportaba en grandes cantidades hacia Europa por aquel entonces, la
hoja mágica de comercializaba como un producto que
ya dejaba gruesas utilidades.
5.-
SEÑORAJE.-
Este tributo fue creado en el año de 1603 y gravaba a la moneda con
tres reales por cada marco de plata.
6.-
COBROS.-
Tributo que gravaba con dos y medio por ciento (2 ½ %) y uno y
medio por ciento (1 ½ %) sobre el valor de todos los metales,
tales como: estaño,
azogue, plomo, fierro, e incluso, salitre; tributos que se pagaban
por los derechos de ensayo.
7.-NEGROS
DE GUINEA.-
Tributo que gravaba con el diez por medio (10%) al valor de la venta
de los esclavos, que eran personas de raza negra, que se importaban
desde Guinea.
8.-
MEDIA ANATA.-
Este tributo se creó en 1631, recaudo que estuvo orientado a salvar
a la corte, de la crisis de
aquel año.
El
tributo equivalía a la renta de un año por la obtención de un
cargo, cuyo importe se pagaba a la corona española.
9.-
IMPUESTO PAPEL SELLADO.-
Fue establecido por pragmática del 28 de diciembre de 1638. Y fue
derogado en el año de 1986, por el presidente constitucional, doctor
Alan García Pérez cuya grabación de fácil recaudo, estuvo su
imposición en todos los documentos legales
y notariales durante un lapso de 348 años.
10.-
ESTANCOS.-
Tributo que gravaba a los estancos de sal, naipes, tabaco,
velas de cebo, pimienta, pólvora brea y otros análogos.
11.-
OTROS TRIBURTOS.-Existieron
otros tributos de menor cuantía como los tributos bacos, cuyo
recaudo pasaba a poder del Rey, mientras se proveí una encomienda
vacante. El tercio de encomiendas, tributo sobre minas de oro, y de
plata que eran vendibles. Venta de azogue de almacén,
tributo de pechos a, los novenos o la novenas partes de los diezmos
eclesiásticos, mesadas eclesiásticas, composición de pulpería o
licorerías de apertura y los tributos por los oficios vendidos de
los renunciables, entre otros.
Al
finalizar el siglo XVII, la aportación tributaria del
rendimiento de los ramos y rentas reales, se había triplicado a lo
requerido; al extremo que, después de cubrirse los costos y
gastos del Virreynato, quedaban un superávit para la real
hacienda o caja personal del
Rey. En un periodo llego a superar los dos millones de pesos (
2"000,000.00) superávit fabuloso en aquella época, el cual lo
determinada la exhiba grabación tributaria recaudada que
se obtenía, debido al cobro implacable de sus lugartenientes,
quienes ejecutaban a los contribuyentes y de esa manera alevosa y con
venta de causa y efecto. Respecto a la realidad el doctor José M.
Valeria, al referirse a las aportaciones tributarias de aquella
época, sostiene que: "tal régimen, acreditaba una tributación
injusta e inhumana". La opresión política de
España sobre América creó una desigualdad irritante por los
elementos tributarios que, a la postre, fue una catástrofe
Los
indígenas esclavos que eran los que sostenían todo el edificio
colosal de las cargas tributarias coloniales, enriquecieron con sus
vidas a la vieja España, y a sus explotadores de aquel entonces. Por
aquella, los indígenas eran los únicos que trabajan, producían
hacían obras fecundas. Los amos confiaban en ellos, hasta que se
produjo el agotamiento, y con el agotamiento se vino abajo la alta
recaudación tributaria que venía percibiendo los beneficiarios
tributarios, por la merma de las riquezas que se producían en el
país. La historia nos permite revisar el cuadro general del ingreso
del Perú Colonial, correspondiente al quinquenio de 1790- 1795, en
el cual se produce la más alta recaudación tributaria. Pero al
final del siglo XVIII, se origina la crisis del sistema Colonial, que
trajo abajo aquel inhumano sistema tributario que implanto con sus
frondosas disposiciones, ilegales e inhumanas.
5.- EN
LA EMANCIPACIÓN
Producto
de la escandalosa dilapidación de los fondos por parte de algunos
funcionarios. Don José de San Martín mediante dispositivos legales
contribuyendo al ordenamiento económico- financiero dando nacimiento
a la función del servidor público.
Para efecto de la recaudación surgen Instituciones Fiscalizadoras
de las actividades privadas lo que motiva la necesidad de fortalecer
a estas nuevas Instituciones a fin de mantener un adecuado control de
los impuestos recaudados por medio de los ESCRIBADORES O CONTADORES
permanentes.
6.
LA CONTABILIDAD EN LA ÉPOCA DE LA REPÚBLICA
El
28 de julio de 1821, San
Martín,
por Decreto Protectoral del 03 de Agosto del mismo año, creo
3 Ministerios:
Hacienda, Guerra, Marina, y Relaciones exteriores. La constitución
de 1823, en los artículos 152º y 153º, se refiere a
la organización fiscal.
El
contador está presente en ambos artículos. Bolívar encomendó,
en 1823, a los Sub.-Prefectos el cobro de los tributos. Todo fracasó,
por ello dictó el Decreto Dictatorial el 12 de enero de 1824, que
castigaba con la
muerte al
que se apropiaba de 10 pesos o más. La historia reciente nos muestra
instituciones como el Sistema Nacional de Contabilidad (Contaduría
Pública de la Nación,
con el Contador de la Nación) y la Controlaría General de la
República, entidades con mucho biombo y ningún fruto. El pueblo, el
gran fiscalizador, no ve, no siente ni percibe resultado. Estas
instituciones son entes burocráticos inútiles, que siguen
trabajando como si el tiempo se hubiera detenido. Solo tienen un
camino: cambiar o morir.
6.1
CONTABILIDAD TRIBUTARIA EN LA ÉPOCA DE LA REPÚBLICA.
Los
estallidos revolucionarios en Argentina y Chile, incidieron
sustancialmente en la emancipación del Perú, ya que fueron muchas
las razones para que el virreinato en el Perú fracasara, y de esta
manera se iniciaran las primeras décadas de la vida republicana. De
esta manera, analizando las narraciones de los historiadores,
materializadas en valiosos escritos, ha sido posible realizar
un análisis
histórico de la aportación tributaria y recobrar aquellas
incidencias pasadas, las cuales se han considerado como
una introducción general
sobre la creación de la Contabilidad Tributaria, rama especializada
de la
ciencia contable,
y el Plan Contable
Tributario, por la misma importancia de la historia tributaria, que
desde la remota antigüedad y hasta nuestros días fue amplia y
compleja. Resulta muy necesario describir en síntesis,
las narraciones de los historiadores tales como José Carlos
Mariátegui, que en sus ensayos sobre
la Evolución Económica
del Perú, sostiene que: "Como la Primera, la segunda etapa de
la economía, arranca de un hecho político y militar.
La primera etapa de la economía nace con la conquista. Engendra totalmente el proceso de la formación de nuestra economía colonial; la independencia aparecer determinada y denominada por el proceso. Emilio Romero lo analiza diciendo que: Esto explica que la organización administrativa de los primeros cincuenta (50) años de la vida Republicana, sobrevino de la época Colonial, como único cauce de la vida fiscal. La historia nos describe que Abascal, de la Pezuela y de la Serna, últimos virreyes que lucharon contra la revolución del antiguo Perú, se vieron en la obligación de incrementar la deuda pública para el sostenimiento de su armada, tratando de mantenerse como dominantes y explotadores de la clase indígena y medrar así su economía. Sin embargo, el fin había llegado y el edificio colosal de la explotación, junto a una economía ruinosa y desquiciada, trajo abajo el sistema virreinal. San Martín, al instalarse en el Perú, llego a la conclusión de que: "Los recursos económicos de los habitantes habían sido agotados por los múltiples impuestos de todo género y en todas partes, cuyos factores onerosos habían causados, a la postre, desolación y miseria por la aplicación de una tributación excesiva, ambiciosa e inhumana". Estas fueron las razones, por las que el generalísimo don José de san Martín se viera en la obligación de abolir las rentas coloniales que eran onerosas y que provenían de los tributos que los indígenas pagaban. Obligatoria y desmedidamente. Dentro del nuevo ordenamiento tributario y de la economía nacional que se proponía implantar Don José de San Martín, tenemos que en marzo de 1925, se impuso por primera vez una contribución del cinco por ciento (5%) sobre los ingresos de los predios rústicos y urbanos; el cual se redujo al tres por ciento (3%) en el mes de diciembre del mismo año, porque se consideró demasiado elevado. Sin embargo, la utilización del papel sellado (hoy derogado), amplió su uso; que Felipe Paz Soldán, en su historia del Perú Independiente, describe que "esto permitió entrada fácil y no corta", en la Constitución Vitalicia de Don Simón Bolívar, que comenzó a regir el nueve de diciembre de 1826, se dio facultades al Libertador, para la creación de rentas y la amortización de los gastos públicos. Dentro de las diversas disposiciones tributarias, se crearon las con tributaciones de patente de comercio. La industria y de todas las profesiones. En la que se determinaba. Que nadie podría ejercer la profesión, si no acreditaba el pago tributario. A la vez se reajusto la contribución personal de los indígenas y de las castas, así como los tributos sobre los predios rústicos y urbanos, lo comenzaron a aplicarse sobre la base de los arrendamiento y permitiéndose ciertas deducciones. La constitución de 1828 que reemplazo a la vitalicia de Bolívar y que fue anulada por el congreso de 1829, se distinguió por su espíritu descentralista, que se patentizo en las juntas departamentales. Pero mientras los legisladores se esforzaban por organizarlas la hacienda pública, las provincias vivían su propia actividad financiera en que sobresalía el sistema tributario y organizativo español, puesto que se continuaba aplicando con absoluta prescindencia de las normas que eran dictadas en la capital . Incluso en ciertos lugares del Perú, se habían sobrepuesto otras grabaciones tributarias onerosas y exigentes, surgidas de la explotación feudal al indígena. Con la llegada al poder de Salaverry, con la fuerza de las armas, tuvo la imperiosa necesidad del arribismo, de allegar recursos económicos para satisfacer las ambiciones de las tropas y exacciones que por el mismo número elevado de éstas, los recursos fiscales resultaron insuficientes. Vistas estas necesidades Salaverry tenía que saciar las ambiciones del túmulo que lo acompañaba, por lo que elevo dramáticamente las cargas tributarias y las aportaciones sociales, al extremo de restituir los últimos rezagos de las organizaciones tricentenario de la época colonial. El nuevo sistema tributario que Salaverry aplico, fue elevadísimo; en el resaltaron las siguientes medidas drásticas: Restablecimiento del cobro integro de los tributos denominados diezmos. Restauración del tributo colonial alcabala, de gremios, que incidían negativamente, libertad de trabajo y la actividad industrial del país. El retorno del tributo a la esclavitud, que fue una de las medidas más exageradas, puesto que al restituirse el cobro de los derechos de importación de los esclavos de Raza Negra, que había sido creado por el decreto del 10 de marzo de 1835, se restablecía de esta manera, legalmente, la esclavitud . Por otro lado se eliminaron las aportaciones tributarias de todas las patentes, se suspendieron los tributos o contribuciones de castas. La confederación Perú-Boliviana, que estuvo en vigencia entre 1836 y 1839, se preocupó por el mayor recaudo de ingresos tributarios, tratando de esa manera de satisfacer los requerimientos del presupuesto gubernamental, como siempre los gobernantes volvieron a sus ojos a las aportaciones tributarias de los indígenas. Después de un exhaustivo control, descubrieron que los empleados que laboraban en distintos puntos del país entregaban solamente partes de las gruesas sumas tributarias, ya que, de aquella totalidad de tributos que se generaba, en el trayecto a su centralización, iban mermando, y solamente llegaba una mínima cantidad como recaudo tributario, puesto que la persona o personas que tenían a cargo el control y recaudo de esos tributos, lo distraían. Ante esta realidad nacional, la Confederación se vio en la imprescindible necesidad de nombrar comisiones para estudiar las primeras ortodoxas Reformas Tributarias. Lamentablemente hasta la fecha se han generalizado la expresión Reformas Tributarias, al desordenado derecho impositivo en el que las tasas y porcentajes, cada vez son más elevados, sin cambios sustanciales ni refórmales positivas que sean largo plazo ni menos a corto plazo. La labor de las referidas comisiones concluyo con la propuesta de leyes (como siempre); sobre reformas de las contribuciones directas sobre la renta de los predios rústicos y urbanos, así como también, las controvertidas patentes, en un intento de reestructurar el Sistema Tributo Nacional. . Lamentablemente, este empeño se vio frustrado por la brevedad del lapso en que estuvo al frente del gobierno de la referida Confederación. A ello se sumaron los múltiples problemas de los medios burgueses que representaban los pocos capitales extranjeros y que eran los que manipulaban al gobierno de turno, en aquel tormentoso periodo del gobierno Perú-Boliviano. Con la llegada al poder, don Ramón Castilla, a quien le tacaría redimir a la patria de aquella deprimente y peligrosa situación socio económico y sociopolítico, en la que el desorden presupuestario y el desorden tributario formaban un caos total. La situación se empeoraba, aun mas, por la utilización de las rentas públicas, pues encontró una labor completa por emprender, ya que todos estos factores eran los principales elementos negativos y dañinos para la buena salud financiera y organizativa del gobierno. Visto el tumulto de problemas, Ramón Castilla se vio en la necesidad imperante de expedir el Decreto del 16 de Junio de 1835, en el que se determinó las bases de los impuestos a los productos; se crearon las contribuciones prediales, sobre las rentas rústicas y urbanas; se crearon los tributos patentes; se establecieron los créditos públicos. Los eclesiásticos y personales. En aquella época, por primera vez, se fundamentó el impuesto a la Renta, en el principio de Igualdad, de derecho de todos los peruanos. Como consecuencia de la abolición de indígenas y de castas, se estableció la igualdad de contribuir a las cargas del Estado: La Ley fija los gastos de la Nación, así como las contribuciones necesarias para satisfacerlos, las cuales deben repartirse de modo proporcional y sobre la base que se determina por una ley. . Posteriormente a estas reformas tributarias que implantó Ramón Castilla, vino la tributación en la época del guano (estiércol de aves marinas), que por su abundancia se convirtió en la principal fuente de ingresos para el Gobierno Central. Es así, como en su memoria de 1841. Ramón Castilla anunciaba que "Se sentía alegre de haber descubierto nuevas fuentes de ingresos para la Nación" Tales serían los ingresos que se obtenían por este recurso, que permitieron al Gobierno llegar a suprimir las contribuciones o tributos de indígenas, los diezmos eclesiásticos, el Tumin de hospitales y diversos impuestos aduaneros. Todos estos, comparados con los ingresos que rendía el estiércol de las aves narinas (guano de Isla) y que fueron derogados. Sin embargo la equivocada planificación tributaria y de la falta de previsión del cuidado de los recursos marinos que llevara a una eficaz reestructuración tributaria para asegurar los ingresos del Estado; llevaría a la postre, a otra catastrófica situación económica del Gobierno Nacional. Todo esto se debió a la generosidad que tuvieron en la planificación tributaria, tanto en las derogaciones, mermas y/o disminuciones de diversos tributos; con el solo propósito político de obtener popularidad y simpatía. Cosa, por lo demás repetida en periodos cercanos, como por ejemplo, en los primeros años de la administración aprista del gobierno democratizo (que se encontraba de turno en 1989); a la postre de nada sirvió está equivocada aplicación del Sistema Tributario Nacional, cuando en lugar de ello, debió gravarse en función de la capacidad y magnitud económica de cada contribuyente . Después de las elecciones del año 1882, nuevamente el gobierno se vio en la imperiosa necesidad de buscar la forma de atraer nuevos recursos para la caja fiscal del Gobierno Central. Para tal efecto encomendado a los especialistas de aquel entonces que elaboran un Plan Tributario que permitiera el incremento de recursos pecuniarios para el erario nacional; en el que concluyeron elaborando el Plan Novoa, por ser éste quién lo encabezó. Novoa elaboro un Plan Tributario Nacional, que fue presentado al Congreso de la República del Perú, en el que sostenían que debería volverse al normal sistema tributario de la organización anterior. Es decir vivir de las contribuciones que deberían aportar la ciudadanía y capitalizar las rentas del guano de las aves marinas.
Dicho
plan, a la vez, abarcó el impuesto territorial, el impuesto capital,
los impuestos industriales, eclesiásticos, domiciliarios, alcabala,
timbre, papel sellado, derecho de títulos, correos, derechos
aduaneros, tonelajes, y puertos. Sin embargo, todas estas medidas
planificadas teóricamente, o dicho en otros
términos, modelos diseñados
en escritorios por los teóricos que generalmente son los culpables
de las planificaciones y de las medidas equivocadas, no surtieron
efectos positivos en la situación fiscal de la economía estatal.
Los resultados de ese plan equivocado, motivaron otro caos en el
gobierno de turno y, evidentemente, fracaso el plan Novoa que había
tratado de cambiar la estructura tributaria
nacional, en un afán de preocupación por cubrir
el financiamiento del
presupuesto nacional, que ha sido y es un gran problema de todos los
periodos y en todos los regímenes gobiernistas.
Cuando
se terminaba la mejor época del guano de la isla o estiércol de las
aves marinas, y la crisis económica
se había agudizado en la economía del estado, surgió el arribismo
del general prado, convencido que la situación económica del Perú
había iniciado una declinación catastrófica, se apodero del poder
gubernativo mediante la fuerza de las armas, que son adquiridos con
el aporte y sacrificio de todos los habitantes de la nación. Estando
en gobierno, prado llego a la conclusión de que
la política tributaria,
debería ser en función de las posibilidades económicas del país,
bajo el término de contribuciones, que no era otra cosa que la gran
aportación tributaria, que debería aplicarse, proporcionalmente a
la capacidad económica de cada contribuyente. Con las reformas
tributarias de prado, se creó el impuesto
sobre la renta,
que se calculaba sobre los bienes inmuebles;
las contribuciones personales, los derechos de exportación sobre
la plata, oro,
el salitre, la lana, el algodón,
el azúcar,
el arroz y el tabaco;
el impuesto sobre el consumo del alcohol,
y se crearon los timbres fiscales. Los resultados de todas estas
implementaciones tributarios, no dieron los frutos que se esperaba,
puesto que las necesidades del gobierno y de sus gobernantes, eran
cada vez más onerosas y exigibles.
Bajo
el gobierno de José Balta, periodo 1868-1872, bajo
la gestión ministerial
de don Nicolás de Piérola, nuevamente se llevaron a cabo numerosas
invocaciones, en el afán de concretizar el ordenamiento fiscal. .
Siempre,
bajo las expresiones de Reformas Tributarias, esta vez las
invocaciones en el ámbito fiscal, estaban bajo la capacidad
intelectual del jurista, Francisco García Calderón: quien implanto
la reorganización total del Sistema Tributario Peruano.
Por
primera vez se reglamentó la Contabilidad Administrativa,
lo que fue una gran decisión, como tratamos de implementar
actualmente la contabilidad tributaria; que como parte de la
ciencia contable,
en aquel entonces, la Contabilidad
Administrativa,
era de imprescindible utilización, como así, lo será a la postre
también, la Contabilidad Tributaria y el Plan Contable, instrumentos
de control y de medición de
los efectos tributarios, generados y de aplicaciones gubernativo. Se
estableció la publicación regular de las cuentas generales
de la república, con el objeto se ser publicitado el conjunto de
requerimientos económicos de la nación, bajo el planteamiento de
financiarlo con los recursos internos de la gran aportación
tributaria. Más tarde, por aquellas años de la guerra del
Pacifico, cuyas necesidades pecuniarias, requieran de mayor y nuevas
grabaciones de la imposición tributaria, se vieron en la imperiosa
necesidad de dar la ley del 13 de noviembre de 1886; que normaba
nuevos tributos. Esta ley se promulgaba con la finalidad de financiar
los servicios departamentales,
en ella resaltaron las contribuciones prediales y las contribuciones
personales; a patentes personales e industriales; los tributos
eclesiásticos de alcabala y papel sellado. Todos estos tributos
tenían como finalidad, dotar de ingresos pecuniarios para ser
aplicados en provecho de las mismas localidades; y de esta forma se
trataba de aplicar la Descentralización Tributaria.
La inquietud de aquel entonces, actualmente debe materializarse, con
el objeto de utilizar los propios recursos tributarios, que cada
departamento produce en su mejoría social y en bien propio. A todo
esto, se le denomino en aquel entonces, la Descentralización Fiscal
de 1886, a lo que urge rescatar y poner en vigencia, en las Regiones
Descentralizadas que forma el Perú actual. Dos años después,
mediante la ley del 13 de noviembre de 1888, se aclaró la ley del 20
de mayo de 1879, respecto a las rentas gravadas con el impuesto a los
Capitales Movibles. En estos capitales movibles se encontraban los
producidos por otras fuentes, que no tenían por qué formar parte
del capital aplicado a la industria, puesto que los ingresos por
conceptos diferentes pagaban sus propios tributos conforme a los
dispuestos en la ley matriz que
lo creaba. Por lo tanto, desde ya, había una Doble Imposición
Tributaria. El
conocimiento de
todo esto, obligo a corregir la doble tributación. La Tributación
que gravaba al Capital Movible, comprendía a los capitales empleados
en obligaciones emitidas
por distintas entidades, cuyos documentos eran: bonos,
letras de cambio,
hipotecas y otros documentos valorados análogos, que circulaban en
las operaciones comerciales
y financieras de aquella época . Conforme avanzaban los años, los
gobernantes de turno, durante su administraciones, cada cual buscaba
la forma de allegar recursos para cubrir las necesidades del estado y
las ambiciones excesivas de ellos. Así tenemos que, mediante la ley
de 23 de agosto de 1892, se estableció la forma como debería
determinarse la Renta Líquida o Renta Imposible, tanto de los
predios urbanos como de los predios rústicos. Hasta aquel entonces,
la normas tributarias que se habían publicado, reglamentado estos
tributos, presentaban profundos vacíos en su real aplicación.
Corrigiendo estos vacíos, se crearon las deducciones de la Renta
Bruta, por concepto de
indemnización, deterioros, reparaciones y gastos de conservación.
Las tasas que se aplicaron en dichas deducciones, fueron del 20% para
los predios urbanos, 25% para los predios industriales; y del 20%
para los predios rústicos, después de deducirse los gastos de
explotación del fundo. Bajo el gobierno de Nicolás de Piérola,
exactamente en el año 1895, fueron derogados el impuesto a los
bultos y las contribuciones personales, que por muchos años habían
arrastrado los aportantes, como una carga muy pesada. Asimismo se
modificó la ley de timbre y se rebajaron los derechos de importación
del arroz, la manteca y el
petróleo crudo;
mientras que por otro lado, se elevó el impuesto al alcohol y al
tabaco. Después, mediante decreto supremo del 6 de octubre de1902,
se reglamentó la recaudación del impuesto sobre la renta de los
Capitales Movibles. Se introdujo al nuevo sistema tributario, el
principio de la Retención del Impuesto, para ser entregado al fisco
por quienes representaban a la fuente productora de la renta gravada.
De esta manera, se le hacía actuar como Agente de Retención cosa,
por demás, que hasta ahora continua. Por esas épocas, la
legislación tributaria y la mentalidad de los legisladores
comenzaban a tomar cimientos precisos sobre la realidad económica
del país. Así tenemos que en 1908 y luego en 1909, fueron los
primeros dos años que se comenzó a legislar con más continuidad,
buscando la perfección del sistema tributario; ya en 1915 y luego en
1916, hasta 1936, la legislación tributaria se incrementó
constantemente y fueron promulgadas cuantiosas disposiciones legales,
concernientes al ámbito del derecho tributario positivo, paras ser
aplicadas en todos los rincones del país. Por aquellas épocas entro
en vigencia la controvertida y prolongada ley 7904, luego de haberse
analizado sus deficiencias y la vez corregido las mismas,
especialmente las que acusaba la realidad tributaria del trato
diferencial de las clases de contribuyentes, que se ponía en
vigencia.
En
ella resaltaba la desigualdad, tanto en los sistemas de
acotación, como de recaudación, por la falta de armonía de una
idónea legislación tributaria. Esto, indudablemente, requería de
una urgente y sustancial reforma tributaria que nunca llego, pero
continuo con la terminología con que la llamaron en un principio al
final.
Todo
esto motivo que en sesión del congreso de constituyentes de 1931, y
posteriormente en que se debatió, el presupuesto general de la
nación, como se le llamaba en aquel entonces hicieran resaltar los
vacíos de la referida ley. Así pues, el ministro de hacienda,
doctor Alfredo Solf y Muro, sostuvo lo siguiente : Sin conocer
exactamente la situación del Tesoro Público, con déficit, cuya
magnitud esta aun culta, con un mosaico de deudas a corto plazo y
desigual interés,
solo compatible con los estratos de una próxima falencia; con
recursos y desembolsos que ordaban los preceptos básicos de
la universidad y
de la unidad presupuestaria. Sin plan económico, verdaderamente
factible, sin la debida homogeneidad de los empleos y sueldos. Con un
régimen tributario Monstruoso, por el número de las fuentes legales
y escasos recursos; que complicaba el control de
la administración tributaria
y hacia onerosas sus recaudaciones, como sucede ahora en la
recaudación, y sofocando las energías de los contribuyentes,
opacando las justicia y
obligándoles a que cada día los contribuyentes, se vuelvan
ingeniosos evasores. Sin programas avanzados
en el ámbito de las obras públicas, de obras que deberían
significar beneficio económico y social; así como impulso
industrial. Eran, pues las necesidades proclamadas en la estructura
de la política del día, con estas fallas y sin las previas
ordenaciones en el ámbito de la
administración tributaria,
que sirvieran de sustento en la dación de leyes tributarias.
En síntesis,
no cabía a la magna función de la democracia tener
una sólida estructura tributaria y, peor aún, crear un verdadero
presupuesto. Esto motivo que el ejecutivo se preocupara por la
promulgación de una ley con nuevas Reformas Tributarias. De esta
manera, fueron regulados los impuestos sobre la renta de capitales
movibles, sobre los sueldos, sobre las utilidades y el impuesto
progresivo sobre la Renta. Todas estas normas se agruparon, bajo la
denominación del impuesto sobre las Rentas, actualmente generalizado
bajo un título de Impuesto a la Renta, que tuvo su origen en la
dación de la ley 7904. La evolución de
la legislación tributaria que se inició a partir de la dación de
la ley 7904, aprobada en el año de 1933 y restablecida su vigencia
el 25 de julio de 1935 y que comenzó a regir desde el primero de
enero de 1936, quedo asentada, hasta el 25 de junio de 1951, fecha en
que se presentó el proyecto de
la Ley de Impuesto a la Renta, que fue preparado por la comisión
especial encargada de estudiarla y proponer las Reformas Tributarias,
de acuerdo a las necesidades del país y basadas en el principio de
justicia tributaria. En este sentido se ha preferido rescatar
la Exposición de
Motivos de la comisión de aquel entonces, por lo que se transcribe
íntegramente los Fundamentos siguientes: "sistema de impuesto a
la renta vigente en el Perú, es el de impuesto celulares, que grava
a cada clase de rentas independientes, con tasas distintas y
proporcionales y el de un impuesto de superposición, que grava el
conjunto de rentas, con una tarifa especial progresiva o fija, según
el caso. El sistema que patrocina este proyecto, modifica
sustancialmente el actual, pues desaparecen los impuestos cedulares y
el de superposición, sustituyéndose, sobre la que se aplicara la
tasa respectiva, y se inspira en el principio de que cada persona
debe contribuir al sostenimiento de los servicios
públicos de
acuerdo con su capacidad económica lo que logrará gravar el
conjunto de sus rentas, pero dando un tratamiento especial a cada
uno, de acuerdo con la naturaleza de
la fuente. La aplicación de este principio a la práctica,
facilitará al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias; y a la administración, el eficaz ejercicio de
sus funciones,
en especial las fiscalizadoras, pues reduce la emisión de recibos,
ayuda al rápido control de las declaraciones suprime gran número de
trámites, evita la abundancia de reclamaciones y permite conocer de
manera casi inmediata, el monto total gravado".
Sin
embargo, las ampliaciones y modificaciones, que se propusieron
al anteproyecto,
y que muchas de ellas fueron introducidas, no surtieron cambios
sustanciales que provocaron un incremento real en el allegamiento de
recursos pecuniarios a las áreas fiscales y del Estado. Pero si
tuvieron repercusiones, una veces demasiadas onerosas y otras veces
muy ínfimas, para la economía de los entes empresariales, que
comenzaban a surgir, en todos los sectores. Estas grabaciones
tributarias unas veces onerosas y otras ínfimas, como se repitió en
los años (1988-1989), es una cuestión ortodoxa. Y fue con el Doctor
Alan García P. Representado por el Partido Aprista. Que no dejaba
atender sugerencias de sus compañeros y él no los consideraba en
que deberían administrar juntos en su Gobierno, se olvidó que había
más Apristas y puso ante los Ministerios a
personal de otros Partidos Políticos. Empleando este lema "que
el gobernaba con democracia y como democracia deberían integrar
personal de todo Partido Político "se olvidó de los grandes
hombres pensadores que existieron en esa época, como a la actualidad
lo hay y el sigue Gobernando con Personal de otros Partidos
Políticos,
aludiendo de que este Gobierno ha cambiado al primer Gobierno del
(1985 a 1990.) Esperemos que no vaya a suceder como aquellos años, a
pesar que ahora se apegado a la Derecha, ya no es el Partido del
Pueblo. Desde aquella época, se ha tratado por todos los medios de
compenetrar en la forma más idónea, en el estudio
del comportamiento de
la gestión tributaria de los tributos directos e indirectos. Así
tenemos que, con el restablecimiento y puesta en vigencia de la Ley
7904, desde enero de 1936 hasta el año 1968; es decir, treinta y dos
años (32), años de vida tributaria, bajo un mismo régimen legal,
se orientó principalmente en su primera fase de aplicación, a la
grabación de los impuestos celulares, que se aplicaban sobre los
predios, capitales movibles, y utilidades profesionales. En la
segunda fase de esta imposición tributaria se aplicaron los
impuestos complementarios, tales como tasas fijas que se aplicaba
sobre las rentas no grabadas por los celulares con un margen mínimo
de in afectación tributaria. En los Impuestos Indirectos, fue de
aplicación el impuesto documentario y los timbres fiscales, que
fueron por la ley 9923 del 25 de enero de 1944. Entre otros tributos
indirectos, estuvieron los impuestos pre desocupados, las de
alcabala, de enajenación,
el de registro,
impuesto a las sucesiones,
contribuciones sociales, los arbitrios municipales, los gravámenes
aduaneros, los tributos mineros, tributos petroleros y regímenes
especiales; que en conjunto formaban el frondoso sistema tributario
nacional, sin que los gobernantes del pasado pudieran reestructurarlo
positivamente.
En
la segunda etapa de la evolución tributaria, del ortodoxo sistema de
Reforma Tributarias, simplemente fue un cambio en la numeración de
la normatividad legal del derecho
positivo tributario;
en la que, se incluyó solamente algunas variaciones de ordenación
gramatical en el texto literal
de sus artículos, sin los cambios sustanciales que estuvieran
acordes a la corrección de las experiencias vividas, y al adelanto
de las ciencias económicas,
financieras y empresariales. Consumada la ortodoxa ley 7904 surge en
su reemplazo el Decreto Supremo Nº 287-68-HC, de 9 de agosto de
1968; el cual fue promulgado en el primer periodo del régimen
democrático del arquitecto Fernando Belaunde Terry. Mediante el
referido Decreto Supremo se creó el Impuesto Único a la Renta,
cuyas características se ilustran en síntesis, como sigue: Como
objeto del impuesto, se determinaba que se aplicara sobre la renta
del capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos
factores, y sobre las ganancias y beneficios considerados
expresamente como renta gravadas por el D.S 287-68-HC. Según la base
jurisdiccional del impuesto, se determinaba que se aplicara sobre la
renta del capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos
factores, y sobre las ganancias y beneficios considerados
expresamente como rentas gravadas por el D.S 287-68-HC. Según la
base jurisdiccional del impuesto, estaban sujetos al Impuesto a la
Renta, la totalidad de las rentas gravadas que obtuvieron los
contribuyentes, que conforma a las disposiciones de dicha norma, se
consideraban domiciliados en el país, sin tener en cuenta
la nacionalidad de
las personas naturales, el lugar de constitución de las personas
jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora y de la renta
gravada es decir, tenía el carácter de
afectación de la renta mundial . Refiriéndose a los sujetos del
Impuesto a la Renta entre los que estaban primero las personas
naturales, se consideraba como una sola persona natural a las rentas
de las sociedades conyugales.
Solo las rentas de trabajo de la
mujer,
quedaban incluidas y deberían declararse independientemente. En
cuanto a las sucesiones indivisas, eran consideradas como de una
persona natural, mientras no se cumpliera en declarar las rentas que
correspondían a cada coparticipe; en cuento a
las personas jurídicas, eran sujetos del Impuesto a la Renta las
siguientes: Las Sociedades Anónimas, constituidas en el país, en
proporción correspondiente al capital accionario; las sociedades
cooperativas,
las fundaciones y asociaciones con el respecto a las rentas no
exoneradas, las sociedades o entidades de cualquier denominación o
naturaleza constituida fuentes peruanas. A las sociedades
comerciales de responsabilidad limitada
y otras empresas
constituidas por Escritura Pública
que le daba el carácter de personas Jurídicas, las mismas que se
encontraban contempladas en el DERERCHO COMERCIAL, especialmente en
la Ley General de Sociedades; no se consideraban afectas directamente
con el Impuesto a la Renta. En tal sentido, las rentas o utilidades
que estas empresas obtenían, incluso las que correspondía a los
socios colectivos de las Sociedades en comanditas por acciones,
eran atribuibles a los propietarios o socios de las mismas. En la
mismas. Situación se encontraban las personas naturales,
propietarios de negocios unipersonales
o empresas individuales.
En
cuento a las exoneraciones del impuesto a la renta, se preceptuaba
que solamente podía exonerarse, cuando se encontrasen expresamente
mencionadas en la ley de la autorización exonerativa del tributo
señalado. Sin embargo, se preceptuaba que se encontraban exoneradas
del Impuesto a la Renta las empresas del sector
público nacional;
con excepción de las rentas de las empresas públicas, las rentas de
la asociación no lucrativa, legalmente autorizada
Entre
otras exoneraciones, se consideraban a los intereses financieros de
las operaciones de crédito del
sector público nacional, incluyendo a los intereses de las
operaciones de crédito, concedidos por entidades financieras,
industriales o privadas, del exterior. Finalmente, se preceptuaba que
se encontraban exoneradas del impuesto a la renta, las
indemnizaciones percibidas por causas de muerte o
incapacidad, producidas por accidentes de
trabajo o enfermedades .
En cuento a los rubros de rentas, el D.S. 287-68-HC los clasificaban
en cinco categorías, en las que se establecía: Rentas de Primera
Categorías a los ingresos reales y estimados, provenientes de
predios rústicos y urbanos. Rentas de Segunda Categoría: aquellos
ingresos provenientes de dividendos de acciones, intereses
financieros en la colocación de capitales, utilidades producidas por
la colocación Toledoo cesión temporal de derechos y cosas muebles o
inmuebles, las regalías producto de
la cesión definitiva o temporal de derecho de
llave, marcas patentes,
regalías y similares; las rentas vitalicias, las sumas percibidas
por pago de obligaciones de no hacer, las diferencias entre las
primas o cuotas pagadas por los asegurados y las sumas que las
compañías entregaban a los beneficios, al cumplir el plazo
estipulado. Los intereses y excedentes análogos, como cualquier otro
ingreso que percibían los socios cooperativos. En cuento a las
Rentas de Tercera Categoría, estaban considerados todos los
beneficios derivados del comercio, industria o minera, de la
explotación agropecuaria, forestal, pesquera, industrial o índole
similar, como por ejemplo: Transportes, comunicaciones,
sanatorios, hoteles,
depósitos, garaje, reparaciones, construcciones, bancos,
financieras, seguros, finanzas y
capitalización.
En
general, cualquier otra actividad que constituyera negocio habitual
de compra producción y venta,
cambio o disposiciones de bienes. Así como también las actividades
de los agentes mediadores del comercio, rematadores y martilleros. En
cuanto a las rentas de Cuarta Categoría: estaban consideradas en el
ejercicio individual, en asociación o sociedad
civil de
cualquier profesión, arte, ciencia,
oficio o actividades no incluidas o contempladas expresamente en las
Rentas de Tercera Categoría, así como también, las utilidades
obtenidas en el desempeño de
funciones de director de sociedades anónimas, sindico, mandatarios,
gestor de negocios, albaceas y actividades similares y los ingresos
provenientes de la cooperativas de
trabajo que percibían los socios. Finalmente, en las Rentas de
Quinta Categoría: la última de la clasificación, estaban
considerados, el
trabajo personal
en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, electivos o
no, tales como: sueldos, salarios,
asignaciones, emolumentos, primas, dietas,
gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones,
compensaciones en dinero o
en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución
por servicio personales.
Finalmente, se consideraban a las pensiones de jubilación, montepío,
rentas vitalicias y cualquier otro ingreso similar que hubiera tenido
su origen en el trabajo personal.
En
cuanto a la renta bruta, se establecía que estaba constituida, por
el conjunto de ingresos que se obtenían en un ejercicio gravable;
estableciéndose que cuando tales ingresos provenían de la
enajenación de bienes, la renta bruta estaba dad por la diferencia
existente entre el ingreso neto total de dichas operaciones y
el costo computable
de bienes enajenados. En cuanto a la renta neta, se establecía que
deberían deducirse de la renta bruta, los gastos necesarios para
producirla y mantener su fuente en tanto la deducción no
estuviese expresamente prohibida por el referido Decreto Supremo. En
cuanto a las obligaciones derivadas del
impuesto a la renta y tratándose de las declaraciones juradas, se
determinaba que las personas naturales, las sucesiones indivisas y
las personas jurídicas con rentas computables para los efectos del
impuesto a la renta, deberían presentar una declaración jurada de
la renta obtenida en el ejercicio gravable. Inclusive los dividendos
percibidos y liquidados el impuesto correspondiente. Asimismo, se
determinaba que las personas naturales o sucesiones indivisas,
deberían considerar en su declaración jurada, la relación y
el valor de
los bienes y valores que
poseían al cierre del ejercicio gravable, comprendido entre el
primero de enero y el treinta uno de diciembre de cada año
calendario, así como las obligaciones pendientes de pago a esa
fecha.
Finalmente
se preceptuaba que las empresas unipersonales y las sociedades no
consideradas como personas jurídicas, tenían la obligación de
presentar la información tributaria
y financiera, después del cierre del ejercicio comercial, en
declaración jurada que determinaría la utilidad o
la perdida obtenida en ese lapso .En cuanto a la liquidación y pago
del impuesto a las personas jurídicas, concernientes al pago a
cuenta, debería fijarse la cuota de las discernientes al pago de la
cuenta, debería fijarse la cuota de las doceavas partes del impuesto
a la renta imponible, establecida mediante balance mensual en el
propio mes que se obtenía, y/o fijando la cuota del uno y medio por
ciento (11/2%) de los ingresos obtenidos en el mismo mes. En cuanto
al pago a cuenta del impuesto a la renta de las personas naturales,
se debería abonar mensualmente, bajo cualquiera de los sistemas
siguientes: un doceavo de monto del impuesto del año anterior; un
doceavo del monto del impuesto que correspondía abonar por las
rentas del mismo año, determinados de acuerdo a los sistemas que en
mencionado Decreto Supremo se señalaba .En cuanto a las retenciones
del impuesto a la renta, se establecía que las personas jurídicas,
deberían pagar de acuerdo a la distribución de
dividendos. Debería retenerse el impuesto sobre los pagos a
beneficios del exterior, con las tasas o porcentajes señalados para
cada periodo.
Con
respecto a los pagos a beneficiarios domiciliarios en el país,
debería aplicarse la tasa fijada para cada periodo, lo que se
consideraba como pago a cuenta. Es decir, que las obligaciones de las
personas jurídicas que acordaban distribuir dividendos pagaren o
acreditaren obligaciones al portador o títulos valorados análogos a
beneficiarios del exterior, rentas de cualquiera naturaleza o que
devolvieran un préstamo, al acreedor deberían atribuirle la
existencia de un interés presunto, y naturalmente practicarse la
retención del impuesto a la renta, como pago definitivo. La vigencia
del decreto supremo 287-68-HC, tuvo catorce años de vida. Es decir,
desde 1968 hasta 1982; primer trimestre en que se concluía el pago
de regulación jurada, de acuerdo con la normatividad del D. S.
287-68.HC, que fue derogado, por disposición expresa del artículo
112 del D. leg.200, del 12 de junio de 1981. Cuya normatividad legal,
aprobó la nueva Ley del Impuesto a la Renta entrado en vigencia a
partir del primero de enero de 1982, puesto que así lo disponía el
artículo 109 de la nueva ley en trato.
Al respeto el análisis comparativo
de la Nueva Ley de Impuesto a Renta, que a continuación se analiza
ligeramente.
Ámbito
de aplicación.
Determina que el impuesto a la Renta, grava: Las rentas del capital,
las rentas de trabajo: las rentas conjuntas del capital y trabajo,
así como otras ganancias y beneficios establecidos y gravados
expresamente por la referidas ley; refiriéndose al mayor valor
asignado al adjudicado, al socio por el retiro o disolución de
la sociedad los
resultados de la enajenación de los bienes que quedaban en el poder
del socio al disolverse la sociedad , las regalías ; los resultado
provenientes de la enajenación de los terrenos por urbanización o
cotización, inmuebles, adquiridos o edificados para enajenarlos; los
bienes dados en pago; los bienes muebles despreciables; los derechos
de llave, marcas y similares; bienes que
constituyen activos de empresa o
negocios; denuncias o concesiones de habitualidad se estipula en la
ley. A todo esto, el D.S. 287-68-HC lo denomino, El Objeto del
Impuesto. El acopió de la Ley anterior en el transcurso de los años
de lo que va de la década del 80; ha tenido una serie de
modificaciones, que como la anterior ley, ha vuelto engorrosa y
compleja. Ella ha conservado muchos vicios y fallas de la anterior
ley, sin embargo lo lamentable de todo esto, es que los legisladores
tributarios de turno, se aferran constantemente a realizar
reordenamientos y modificaciones, bajo el pretexto de Reforma
Tributaria, que a lo largo de la historia, como hemos podido
describir, no han dado nunca los resultados que se espera En el curso
de la década de los años de 1970 y luego en lo que va del 80, la
legislación tributaria en el Perú, ha crecido y se ha vuelto cada
vez más amplia e inestable, ya que se ha promulgado diversas
disposiciones tributarias y se ha Toledo derogado pocas de ellas.
Tenemos
por el ejemplo, el caso del Impuesto al Patrimonio Empresarial,
que surgió como unificador y reformador de anteriores leyes que
gravaban los patrimonios territoriales (urbano o rústicos); cuyas
secuencias de las anteriores y de las vigentes, han tenido muchas
ampliaciones, modificaciones, derogaciones y sustituciones a la largo
de la vida fiscal, desde que aparece el Impuesto al Valor de
la propiedad predial
o impuesto territorial. Así también tenemos el Impuesto al
Patrimonio accionariado y la eliminación del accionariado al
portador. Tenemos el surgimiento del impuesto al Patrimonio
Empresarial, el Impuesto a la Reevaluación de Activos
Fijos.,
Impuesto a la Capitalización del excedente de Reevaluación de
activos Fijos (Impuesto ciegos, que gravan a la inflación, sobre el
cual tuvimos que pronunciarnos para su derogación). El Impuesto a
la Producción y
Comercio de Bienes y Servicios; sustituidos posteriormente por el hoy
denominado Impuesto General a las Ventas;
cuyos porcentajes de sus tasas, en cada periodo , han sufrido el sube
y baja en la forma siguiente: Primero apareció con el 16 %,
posteriormente subió al 18%, después bajó al 11 %, ,luego bajó al
9 %, posteriormente bajo al 6 %; luego subió al 10%, después al 15
%, luego al 18%, y en la actualidad el 19%.En este porcentaje, está
comprendido el IMPUESTO A LA PROMOCION MUNICIPAL, y es posible, que
dicha tasa vuelva a descender y/o acceder,. Además de ellos tenemos
el caso del Impuesto Selectivo al Consumo, cuya tasa de grabación
tributaría afectan directamente a la producción y evidentemente incide en la espiral inflacionaria; puesto
que, constantemente se ha visto incrementadas, especialmente en el caso de los
combustibles, en las bebidas alcohólicas gaseosas y en los dañinos cigarrillos
y otros productos, considerados como Santuarios cuyas tasas porcentuales, son
demasiadas elevadas y conlleva al encarecimiento de la producción, en la
carrera desenfrenada de las medidas fiscales que se ganan para cubrir el vació
de la caja fiscal que cada vez que algún Gobernantes nuevo ocupa el mando del
país y necesita cubrir la deficiencias de la recaudación tributaria es una
pesadilla, no por la incapacidad del personal que labora en la administración
Tributaria, sino por la falta de personal , por la autonomía de la
independencia de la Administración Tributaria, y por la falta de un instrumento
de control de la gestión tributaria.
En la década del 80 al 90 se incrementó la Inflación de tal manera que
el año 1989 al 1990 ,llego al 398 % de Inflación, debido a que en el año 1984
hubo el cambio de Moneda del sol de Oro , paso a llamarse Intis, y luego en el
año 1990 fue el Inti Millón, debido a esto el Gobernante de aquel entonces Sr.
Ing. Alberto Fujimori, Fujimori, coordinó con el fondo monetario y lo
concedieron la famosa "Carta de Intención", carta donde esta todas las normas como debería
llevarse a cabo el sistema tributario para poder cubrir con la Caja Fiscal y
así mantener el enorme gasto que tuvo con todos sus Ministerio etc. Este
Presidente estuvo hasta el 2001, y en esta década se tuvo que aplicar la famosa
"CONTABILIDAD INFLACION Y AJUSTE INTEGRAL" que fue aprobado por el Congreso de
Contadores Públicos de Cajamarca y que fue recogida en su esencia por la
Resolución Nº 2 del Consejo Normativo de Contabilidad y, para sus efectos
Tributarios, por el Decreto Legislativo Nº 627, ambos se promulgaron. Esto se
dio debido que todos es conocido que la inflación, o la enfermedad del dinero,
alteran las bases mismas de la sociedad y por consiguiente ocasionan cambios
profundos y el desorden generalizado de la conducta humana frente a una variación incesante e incontenible de los precios. La moneda, unidad de medida del valor de los bienes y servicios,
pierde su condición esencial y la incertidumbre que se crea hace que se modifique
el comportamiento individual y su destino.
De modo similar ocurre con los entes empresariales, sin discriminación alguna caen presas de las alteraciones monetarias. La moralidad en su sentido tradicional cambia y los valores éticos se quiebran
irremediablemente. Este cuadro general suscito lo han sufrido como flagelo
implacable naciones como Alemania, Rusia Austria Francia y, en América Latina Argentina, Brasil Bolivia Chile y Perú, y porque no decirlo esta es nuestra experiencia
vivida caracterizada por las altas y bajas de los precios, las variaciones
constantes de nuestra moneda, las fluctuaciones en producción y el consumo, y
una crisis económica y social generalizada que debe ser dominada y se consumó
con el Gobierno de Toledo. En los Años 2001 al 2006. Llegando de tal manera a
dominar el Sistema Contable integral de Inflación por varios años y con el
Gobierno de Alejandro Toledo Manrique, la Inflación lo bajo a cero, y luego se
tuvo que emplear La Contabilidad de Deflación. Para poder compensar con los
saldos y ajuste de esta técnica contable que se llevó a cabo por muchos años. Y
En campo tributario este Sr. Toledo continuo con la Famoso carta de intención
llevando en ejecución y nuestro Presidente actual Alan García Pérez continua
aplicando como una receta para no volver a caer como en los años de 1980 al
1990 , cuando el Gobierno por primera vez nuestro País. Hago referencia que
partir del año 1972 se crea el Plan de Cuentas General que representa el
esqueleto o armazón de todo el Sistema Contable basándose en los principios científicos y técnicos de la contabilidad. En el año de 1984 se
revisa el Plan de Cuentas anterior modificándose y aumentándose algunas
cuentas. A este plan se le conoce como el Plan Contable General Revisado y que
rige en la actualidad.
6.2
Entonces dando un Vistazo a la Evolución de la Contabilidad.
La
técnica de la Contabilidad es tan antigua como la necesidad de
disponer de información para cuantificar los beneficios obtenidos de
la realización de las actividades comerciales. En la antigüedad
existieron pueblos que se distinguieron por ser grandes mercaderes,
como los Fenicios en
el Asia y
los Venecianos en Europa.
Estos pueblos desarrollaron formas primitivas de Contabilización de
sus operaciones. Se han encontrado vestigios de ese tipo de registros
correspondiente a épocas tan lejanas como 3000 años antes de
nuestra era. Podemos decir que es un nuevo orden mundial que pretende
armonizar las economías y políticas en
ese contexto, para llegar a establecer una sola unidad Global. No
persigue únicamente el intercambio de bienes y servicios entre los
países, sino que va más allá, abarcando aspectos económicos y
legales. Es así que hasta ahora las técnicas de
registro Contable se basan en libros diario,
y mayor. En el primero se lleva el Registro cronológico de las
operaciones; en el segundo se utiliza para la clasificación de los
movimientos contables que afectan a una misma cuenta. Se lleva en
forma manual por
parte de los responsables del registro, llamados "Tenedores de
Libros".
La importancia del
Contador Público en la actualidad
Actualmente
se hace mucho énfasis en que los contadores deben respetar
el código de ética de
su profesión, pues se le ha caracterizado como una persona tramposa
que invade impuestos u oculta información al fisco, no
sólo en nuestro medio, sino también en países como Estados
Unidos.
Las consecuencias de estos comentarios pueden perjudicar a la
profesión, puesto que el trabajo se encuentra desmeritado
y de no mejorar la reputación, pudiendo ocasionar graves problemas a
las futuras generaciones de contadores públicos
El
papel que desempeña el contador público de nuestro siglo es
incrementar cada día sus conocimientos, actualizarse con nuevas
tecnologías y
cambios en las leyes fiscales, actuar con honestidad para
no perder la confianza que se deposita en sus habilidades y siempre
tratar de hacer un trabajo de calidad, lo más exacto
posible. Otra de sus obligaciones es impulsar el desarrollo económico
del país, mediante la honesta contribución de impuestos, así como
orientar a las empresas a cumplir con sus obligaciones e impedir
evadir al fisco
El
contador de nuestros tiempos actúa como un agente de cambio,
que logre facilitar las tareas de pago de impuestos, desarrollar
nuevas formas de analizar la información contable de manera más
sencilla y exacta y, en general, mejorar y aumentar la visión de su
profesión, ya que como futuros trabajadores, está en él hacer un
cambio que realmente contribuya con nuestro país. En la actualidad
el mundo laboral está
en un proceso en el cual debido a los constantes cambios dentro de
este, se ha orillado a los profesionistas a diversificar sus
funciones, actitudes y
aptitudes. Se menciona que la contaduría pública no se ha salvado
de esta problemática, pero dado a que los programas de estudio de la
carrera son muy diversos, esto les facilita a los contadores públicos
el hecho de interactuar en cualquier área de trabajo a diferencia de
muchas otras carreras cuyo campo laboral resulta ser mucho más
limitado. Se deberá entender como educación profesional
continua a la actividad educativa programada, formal y reconocida que
el Contador Público llevará a cabo con el objeto de actualizar y
mantener sus conocimientos profesionales en el nivel que le exige su
responsabilidad social.(INEPCIA 2007) . Dada la dinámica actual
de nuestra sociedad, existe el convencimiento de que en cualquier
actividad debe prevalecer la calidad integral para desempeñarse en
las condiciones de competitividad que
la comunidad requiere.
Con la finalidad de estar en posibilidad de ser competitivos, es
indispensable una educación profesional continua sólida, que
permita al profesional estar en condiciones de prestar a
sus clientes o
usuarios de sus servicios, su labor profesional en forma eficiente y
con calidad internacional. Norma de educación profesional continúa.
La educación continua del contador público toma un papel importante
dentro de la diversificación laboral del mismo, debido a que este
tiene la obligación de acuerdo al código de ética
profesional,
de estarse actualizando por medio de cursos y diplomados. Esto le
permite una gama de oportunidades laborales.
El
contador del siglo XXI aporta a la sociedad en general, a que los
negocios se conduzcan sanamente. Es por eso que el profesional
contable fortalece a la administración en el logro de sus objetivos,
así pues, la puede hacer crecer o llevarla a la quiebra.
Uno de los aportes del contador en que debe actualizarse,
constantemente para brindar lo mejor de sí a la
empresa,
y cumplir así con su deber.
Cuando
un contador realiza una función de forma pervertida o incorrecta
puede ser fatal para la organización porque el mal manejo de los
recursos puede llevar a la empresa a circunstancias difíciles y
hasta ocasionar la quiebra, por esto el contador debe realizar sus
funciones en una
empresa de
forma moral y
correcta. En definición en la figura del contador el papel más
importante es la ética dentro y fuera de la sociedad; en especial en
la parte contable porque de allí saldrán las informaciones donde se
tomaron las decisiones de un negocio.
En
conclusión los contadores del siglo XXI se profesionalizan cada día
más para poder aportar todos estos conocimientos a las empresas para
la cual trabajen y así desempeñarse lo mejor posible en la
actualidad.
- La contabilidad ha estado desde el inicio de nuestra historia como herramienta útil y necesaria para lograr los objetivos trazados por el estado para beneficio del pueblo.
- Ya sea en el incanato, en la conquista, en la emancipación, en la república y hoy mismo en la actualidad, la contabilidad siempre ha estado presente y ha sido y será necesaria para poder lograr objetivos planteados por la sociedad, a través de la correcta elaboración de cuentas, del justo pago de impuestos al estado, y la correcta función del profesional contable.
En
el siglo XXI es imposible concebir el manejo de ninguna esfera
económica sin el uso y aplicación de los criterios derivados de la
contabilidad, de la manera siguiente:
- Sirve de instrumento de programación y planificación de las actividades económicas en el proceso de desarrollo de las empresas y de la economía mundial.
- Permite un mejor desarrollo de los entes económicos individuales haciendo uso de los efectos positivos que brinda las leyes económicas.
- Contribuye al servicio social que resta la empresa y por ende actúa como instrumento de justicia social.
ANEXOS
ESTRUCTURA DEL QUIPU
REPRESENTACION DE UN CHASQUI
ResponderBorrarLa contabilidad en Perú ha evolucionado significativamente desde sus orígenes con sistemas antiguos como el quipu, hasta la adopción de tecnologías modernas como el software contable. Estos avances han facilitado la gestión y el análisis financiero, mejorando la precisión y eficiencia en los procesos contables. En este contexto, el software contable juega un papel crucial, permitiendo a los contadores y empresas optimizar sus operaciones, asegurar la conformidad con las regulaciones vigentes y tomar decisiones informadas basadas en datos confiables. Esta herramienta no solo continúa la tradición de mantener registros detallados, sino que también propicia una gestión financiera más estratégica y proactiva en el ambiente de negocios actual.